Temario: 16 (Común + Especifica).
Tipo de Personal: Personal Laboral. Grupo IV.
Sistema de Selección: Oposición (75%) – Concurso (25%).
Estudios Requeridos: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería

  • Atención al Paciente: Ayudar a levantarse, vestirse, asearse y acostarse.
  • Alimentación: Colaborar en la alimentación de enfermos encamados o dependientes.
  • Higiene y Confort: Realizar el aseo de pacientes, limpieza de camas y cambio de ropa de cama.
  • Asistencia Sanitaria Básica: Toma y registro de constantes vitales, administración de enemas, toma de muestras (sangre, orina) y aplicación de apósitos.
  • Movilización: Ayudar en el movimiento y traslado de pacientes encamados.
  • Limpieza de Material: Desinfección y esterilización de instrumental sanitario y superficies, además de la gestión de residuos sanitarios.
  • Departamentos Específicos: Funciones especializadas en quirófano, tocoginecología, radiología, laboratorio, consultas externas y farmacia

Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder de la edad de jubilación forzosa
 Estar en posesión del Título correspondiente (FP de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería)
Tener la nacionalidad española o la de algún otro Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europea, o ser nacional de algún Estado al que, en virtud de la aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por el Estado español, le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
  a) También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales a que se refiere el párrafo anterior, siempre que no esté separado de derecho; igualmente con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.

No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública, de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, en los seis años anteriores a la convocatoria ni hallarse en inhabilitación para empleo o cargo público por resolución judicial.

No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual